Situación · Intimidad y datos

Apareció en tu dispositivo un archivo que no buscaste

Una imagen, un vídeo o un documento que llegó ahí sin que tú lo quisieras. Sin intención no hay delito, pero la ausencia de intención hay que explicarla técnicamente.

En una línea

El elemento subjetivo es el centro de estos asuntos. Reconstruir cómo llegó ese archivo al dispositivo es lo que separa un procedimiento de un archivo. Esa reconstrucción es lo que en el glosario llamamos prueba digital y acceso a sistemas.

Qué te ha pasado

Un contenido apareció en tu móvil o en tu ordenador y no sabes cómo. Puede que llegara por un grupo de mensajería, por una descarga automática, por una carpeta compartida, por una copia de seguridad o por un programa que sincroniza sin preguntar.

También puede tratarse de una fotografía tomada por error, de una captura que se hizo sin advertirlo o de un archivo reenviado sin abrirlo.

En cualquiera de esos casos la posición de partida es incómoda, porque el archivo está ahí. Pero estar no es lo mismo que buscar, querer o difundir, y esa distinción tiene consecuencias jurídicas muy concretas.

De qué se te puede acusar

Lo que puede imputarse
Según el contenido y la conducta: delitos contra la intimidad (art. 197 CP, y art. 197.7 CP para la difusión de imágenes íntimas) u otros tipos más graves con penas elevadas.
El elemento clave
El dolo: que supieras y quisieras. Sin él, la conducta es atípica.
Lo que decide el asunto
La reconstrucción técnica de cómo llegó el archivo, cuándo, por qué vía y si llegó a abrirse.
Advertencia
Algunos de estos tipos llevan penas muy serias y medidas cautelares inmediatas. Aquí la asistencia letrada urgente no es un consejo: es lo primero.

Qué se discute de verdad

Cómo llegó el archivo

Metadatos, fecha de creación, ruta, aplicación de origen, si hubo descarga automática, si estaba en caché o en una carpeta de sincronización. Un archivo en la caché de una aplicación de mensajería no dice lo mismo que un archivo renombrado y guardado a mano.

Si llegó a abrirse

No es igual poseer que visualizar, ni visualizar que difundir. Cada escalón tiene consecuencias distintas y se acredita con datos distintos.

La cadena de custodia del dispositivo

Cómo se incautó, cómo se clonó, quién lo manipuló y si el volcado es íntegro y verificable. Una ruptura aquí afecta a todo lo demás.

La licitud del acceso

Con qué habilitación se accedió al dispositivo o a la cuenta. Sin cobertura suficiente, la prueba puede no ser utilizable (art. 11.1 LOPJ).

Qué hacer y qué no hacer

  • Llama a un abogado hoy, no la semana que viene.
  • Conserva el dispositivo exactamente como está, apagado si te lo indican.
  • Anota qué aplicaciones tienes con descarga o sincronización automática.
  • Reúne las conversaciones o grupos por los que pudo llegar el contenido.
  • Guarda cualquier aviso, correo o notificación relacionada.

No

  • No borres nada. Borrar deja rastro y se interpreta como ocultación.
  • No formatees, no restablezcas de fábrica y no cambies de dispositivo.
  • No lo comentes en grupos ni con terceros implicados.
  • No entregues el dispositivo ni tus claves sin asistencia letrada.
  • No declares pensando que una explicación rápida cierra el asunto.

Preguntas que nos hacen siempre

¿Es delito tener un archivo que no busqué?

La mera presencia no basta: hay que probar el dolo. Ahora bien, eso se demuestra con trabajo técnico, no diciéndolo.

Lo borré en cuanto lo vi. ¿Eso me perjudica?

Puede leerse de dos maneras muy distintas, y por eso conviene explicarlo bien y cuanto antes, con el rastro técnico a la vista.

Me han citado y no sé de qué archivo se trata.

Tienes derecho a conocer los hechos que se te atribuyen y a acceder a las actuaciones (art. 118 LECrim). Eso se pide antes de declarar.

¿Me pueden quitar el móvil y el ordenador?

Es habitual que se acuerde la intervención de dispositivos. Cómo se hace y con qué cobertura es discutible, y conviene que un abogado lo supervise desde el principio.

Tengo miedo de que esto salga a la luz.

Los procedimientos penales tienen reglas de reserva y hay medidas que pueden pedirse. Coméntalo desde la primera conversación.

Primer paso

Cuéntanoslo antes de declarar

La primera conversación sirve para saber dónde estás y qué margen real hay. Sin compromiso y con franqueza. También puedes ver las otras nueve situaciones. Sedes en Sevilla, Madrid y Málaga.