Situación · Redes sociales
Llevas tiempo investigado por lo que publicaste en internet
Un mensaje, un comentario o una cuenta han derivado en un procedimiento que se alarga y no termina de aclararse.
Hay dos batallas: si lo publicado es o no delito, y quién lo publicó realmente. Y, cuando el procedimiento se eterniza, hay una tercera. Los términos que se manejan están en sextorsión y amenazas.
Qué te ha pasado
Publicaste algo —o se publicó desde una cuenta que se te atribuye— y alguien denunció. A partir de ahí llegan citaciones, se acuerdan diligencias y pasan los meses. A veces los años.
El contenido puede ser una crítica dura, una discusión que subió de tono, una parodia, una acusación pública o un comentario en un hilo que ni recuerdas.
Convivir con un procedimiento abierto durante años desgasta más que casi cualquier otra cosa, y esa duración, cuando es injustificada, tiene relevancia jurídica propia.
De qué se te puede acusar
- Lo que suele imputarse
- Según el contenido: injurias (art. 208 CP), calumnias (art. 205 CP), amenazas (art. 169 CP), coacciones (art. 172 CP), acoso (art. 172 ter CP) o delitos de odio (art. 510 CP).
- El primer filtro
- Si la conducta encaja en el tipo o queda amparada por la libertad de expresión (art. 20 CE), con el margen amplio que la jurisprudencia reconoce a la crítica.
- El segundo filtro
- La autoría: quién publicó desde esa cuenta, en ese momento.
- Si se alarga
- La atenuante de dilaciones indebidas (art. 21.6 CP), que puede llegar a apreciarse como muy cualificada.
Qué se discute de verdad
Si eso es delito o es opinión
El límite entre crítica hiriente y tipo penal no está donde cree el denunciante. El contexto, el tono del debate, la condición pública del afectado y el ánimo con el que se publicó son determinantes.
Quién publicó
Cuentas compartidas, perfiles antiguos, accesos de terceros, capturas manipuladas. La autoría en redes se prueba, no se presume por el nombre del perfil.
La integridad de las capturas
Una captura de pantalla es fácil de alterar. Conviene discutir cómo se obtuvo, si hay volcado íntegro, si se conservó el contenido original y si el proveedor certificó algo.
La duración del procedimiento
Cada paralización injustificada cuenta. Documentarlas una por una, con fechas, es lo que sostiene después la petición de atenuante.
Qué hacer y qué no hacer
Sí
- Conserva el contenido original y su contexto completo, no solo lo denunciado.
- Guarda el hilo entero: lo anterior y lo posterior suelen cambiar el sentido.
- Anota quién tenía acceso a la cuenta y desde qué dispositivos.
- Lleva un registro de cada actuación y cada parón del procedimiento.
- Revisa la privacidad de tus perfiles, sin borrar lo que ya está en la causa.
No
- No borres las publicaciones ni cierres la cuenta: se interpreta como ocultación.
- No respondas públicamente al denunciante ni comentes el procedimiento.
- No publiques nada nuevo sobre el asunto ni sobre las personas implicadas.
- No asumas que por ser antiguo va a prescribir solo.
- No dejes de pedir información sobre el estado de la causa durante meses.
Preguntas que nos hacen siempre
¿Publicar una crítica dura es delito?
La crítica, incluso desabrida, está amparada en un margen muy amplio. Otra cosa es el insulto gratuito, la imputación de hechos falsos o la amenaza. Es una cuestión de contexto.
Llevo años con esto abierto. ¿Se puede hacer algo?
Sí. Puede impulsarse la causa y, sobre todo, documentar las dilaciones para hacerlas valer. También puede valorarse pedir el sobreseimiento.
Alguien más usaba mi cuenta. ¿Sirve?
Sirve si se acredita. Accesos, dispositivos, personas con la contraseña: todo eso es prueba.
¿Y si el contenido ya no está publicado?
Puede seguir en la causa. Lo relevante ahora es cómo se incorporó y si esa incorporación es íntegra y fiable.
¿Me conviene pedir perdón para cerrarlo?
A veces sí y a veces es un reconocimiento implícito. Es exactamente el tipo de decisión que no debe tomarse sin asesoramiento.
Esta página explica de forma general una situación frecuente y las cuestiones jurídicas que suele plantear. No es asesoramiento sobre ningún asunto concreto, no describe ningún procedimiento real ni contiene información de ningún cliente. Cada caso depende de sus propios hechos y de sus propias pruebas, y nada de lo aquí expuesto anticipa el resultado de ninguno.
Primer paso
Cuéntanoslo antes de declarar
La primera conversación sirve para saber dónde estás y qué margen real hay. Sin compromiso y con franqueza. También puedes ver las otras nueve situaciones. Sedes en Sevilla, Madrid y Málaga.