¿Has pensado en alguna ocasión tomar una copa antes de conducir? ¿Has conducido en alguna ocasión habiéndola tomado? ¿Te han llegado a hacer las pruebas de la alcoholemia? ¿Diste positivo? Si has respondido que si a alguna de estas preguntas, a continuación te doy 9 respuestas clave que debes tener en cuenta.

  • ¿Pueden hacerme el test del alcohol en cualquier momento? Sí. Podrán hacértelo por un control aleatorio, por que hayas tenido un accidente o porque hayas cometido una infracción.
  • ¿Me podrán multar aunque haya bebido muy poco? La respuesta es “depende”. La normativa actual no permite conducir con tasas superiores a 0,25 gramos por litro (“g/l”) de alcohol en aire (0,15 g/l para conductores profesionales y noveles). Si das positivo, pero es inferior a esa cantidad, no tendrás problemas. Si es superior, te sancionarán.
  • ¿Y si es mayor de 0,60 g/l de alcohol en aire? En ese caso será un delito y las repercusiones serán mayores.
  • ¿Qué puede pasarme? Se te podrá multar con una cantidad de entre 301 a 600 euros, además de una suspensión del permiso de hasta 3 meses de duración. Si la tasa es superior a 0,60 g/l serás castigado con una pena de prisión de 3 a 6 meses “O” (o una cosa o la otra) con una multa de 6 a 12 meses y, en su caso, trabajos en Beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En todo caso te quitarán el carnet de conducir de uno a cuatro años.
  • ¿Qué ocurre durante la prueba? Como seguramente sabrás, el agente te pedirá que soples en un aparato llamado etilómetro. Si el resultado es positivo, el agente imprimirá un ticket con el resultado. Pasados unos diez minutos, el agente te hará una “prueba de contraste” para comprobar si sigues dando positivo. Si el resultado es afirmativo, y mayor de 0,60 g/l, te citarán para que vayas al Juzgado de guardia para un juicio rápido.
  • ¿Pueden detenerme? La respuesta es sí…Podrían detenerte. Si no lo hacen, no te permitirán que te lleves el vehículo hasta que otra persona que no haya bebido lo conduzca.
  • ¿Qué ocurre en el caso de accidente? Cuidado con esto… La conducción bajo la influencia del alcohol o de otras sustancias supone que tu seguro pague los daños que tú hayas provocado pero que, después, te los reclame.
  • ¿Puedo hacer algo si la tasa que he dado es un poco más alta que la mínima de 0,25? Desde que te hagan la primera prueba hasta la segunda, sal del coche y pasea un poco. Quizás te pueda servir intentar orinar y comer algo.
  • ¿Estoy obligado a hacer la prueba? Sí. En el caso de que no la hagas, los agentes podrían detenerte (y pasarías la noche en el calabozo) y te imputarían un delito. Además, si tienes algún incidente con los agentes, podrían imputarte otros delitos como amenazas, atentado contra agente,…

A continuación te dejo un enlace a un artículo muy interesante de la Dirección General de Tráfico que te dará más información sobre este tipo de asuntos (El alcohol y la conducción por la DGT).

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