Acabas de recibir una carta del Juzgado. Te reclaman para declarar contra un familiar en un juicio por un delito. Eres testigo de lo ocurrido pero no quieres declarar en su contra.

Es posible que te preguntes… ¿Puedo evitarlo? ¿Pasará algo si no voy? ¿Y si voy y lo que digo no es toda la verdad? En este post voy a intentar resolverte estas y otras dudas… ¿Estoy obligado a declarar contra un familiar? Vamos a aclararlo!

ÍNDICE DE CONTENIDOS:

  1. Suspensión del Juicio por falta de asistencia de los testigos.
  2. El caso de los familiares más próximos…
  3. El ejemplo de la familia Simpson…
  4. Lo que dicen los Tribunales…

1. Suspensión del Juicio por falta de asistencia de los testigos.

Si te llaman a declarar contra un familiar debes saber en primer lugar que no ir al Juzgado no es la solución. Con esto solo ganarás algo de tiempo pero es posible que se suspenda el juicio (o la declaración) y te vuelvan a citar. (…Opción descartada!).

Aunque no soy muy amigo de soltarte rollos técnicos creo que, para aclarar si estás obligado a declarar contra un familiar, te puede resultar interesante que tengas en cuenta lo que dice la ley en relación con la suspensión del juicio por falta de asistencia de los testigos (te señalo en negrita lo más importante):

Artículo 746.

Procederá además la suspensión del juicio oral en los casos siguientes:

1.º Cuando el Tribunal tuviere que resolver durante los debates alguna cuestión incidental que por cualquier causa fundada no pueda decidirse en el acto.

2.º Cuando con arreglo a este Código el Tribunal o alguno de sus individuos tuviere que practicar alguna diligencia fuera del lugar de las sesiones y no pudiere verificarse en el tiempo intermedio entre una y otra sesión.

3.º Cuando no comparezcan los testigos de cargo y de descargo ofrecidos por las partes y el Tribunal considere necesaria la declaración de los mismos.

Podrá, sin embargo, el Tribunal acordar en este caso la continuación del juicio y la práctica de las demás pruebas; y después que se hayan hecho, suspenderlo hasta que comparezcan los testigos ausentes.

Si la no comparecencia del testigo fuere por el motivo expuesto en el artículo 718, se procederá como se determina en el mismo y en los dos siguientes.

4.º Cuando algún individuo del Tribunal o el defensor de cualquiera de las partes enfermare repentinamente hasta el punto de que no pueda continuar tomando parte en el juicio ni pueda ser reemplazado el último sin grave inconveniente para la defensa del interesado. Lo dispuesto en este número respecto a los defensores de las partes se entiende aplicable al Fiscal.

5.º Cuando alguno de los procesados se halle en el caso del número anterior, en términos de que no pueda estar presente en el juicio. La suspensión no se acordará por esta causa sino después de haber oído a los facultativos nombrados de oficio para el reconocimiento del enfermo.

6.º Cuando revelaciones o retractaciones inesperadas produzcan alteraciones sustanciales en los juicios, haciendo necesarios nuevos elementos de prueba o alguna sumaria instrucción suplementaria.

No se suspenderá el juicio por la enfermedad o incomparecencia de alguno de los procesados citados personalmente, siempre que el Tribunal estimare, con audiencia de las partes y haciendo constar en el acta del juicio las razones de la decisión, que existen elementos suficientes para juzgarles con independencia.

Cuando el procesado sea una persona jurídica, se estará a lo dispuesto en el artículo 786 bis de esta Ley.

Por cierto… Si estás pensando si estás obligado a declarar contra un familiar porque te han citado para un juicio, te dejo el enlace al artículo Cómo declarar en un juicio (II). Delante del Juez… donde encontrarás algunas pautas que te serán muy útiles.

Pero no nos desviemos…

Entonces ¿Qué hacer? ¿Hay alguna manera de evitar este mal trago de tener que declarar contra un familiar?

2. El caso de los familiares más próximos…

Te aclaro que tenemos el Derecho a no declarar contra un familiar siempre que se trate de los familiares más próximos.

Para ello debes de encontrarte en alguno de los supuestos de entre los que marca la Ley. Te detallo a continuación lo que dice la ley al respecto (como antes, te marco en negrita lo más importante sobre el tema que nos ocupa de si estoy obligado a declarar contra un familiar) y después te lo explico:

Artículo 416.

Están dispensados de la obligación de declarar:

1. Los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil, así como los parientes a que se refiere el número 3 del artículo 261.

El Juez instructor advertirá al testigo que se halle comprendido en el párrafo anterior que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas, y el Secretario judicial consignará la contestación que diere a esta advertencia.

2. El Abogado del procesado respecto a los hechos que éste le hubiese confiado en su calidad de defensor.

Si alguno de los testigos se encontrase en las relaciones indicadas en los párrafos precedentes con uno o varios de los procesados, estará obligado a declarar respecto a los demás, a no ser que su declaración pudiera comprometer a su pariente o defendido.

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3. El ejemplo de la familia Simpson

¿Estoy obligado a declarar contra un familiar?

Es posible que con esas palabras hayas entendido poca cosa… Para aclarar si, en tu caso, estás obligado a declarar contra un familiar, te presento a la familia Simpson (te reconozco que me encantan!). La conoces ¿Verdad?

Al parecer, el pasado 24 de diciembre se reunieron todos para celebrar la Nochebuena con los abuelos Abraham y Mona Simpson. Antes de la cena, su hijo Homer y su esposa Marge mantuvieron una fuerte discusión. Ante el ruido que generaron, unos vecinos decidieron llamar a la policía, que se presentó en la casa y se llevaron a Homer detenido…

Ya han transcurridos unos meses desde lo ocurrido y todos los miembros de la familia han recibido una carta del Juzgado para que se presenten allí y aclaren qué ha pasado. Todos prefieren no declarar… ¿Quiénes están obligados?

Veamos uno a uno:

PARIENTE ¿OBLIGADO A DECLARAR?
Marge (Esposa o pareja de hecho) No (Salvo excepciones*)
Abraham y Mona (padres de Homer) No
Bart, Lisa y Maggie (Hijos de Homer) No
Herbert (hermano) No
Patty y Selma (cuñadas) Si
Vecinos Si

4. Lo que dicen los Tribunales

* El Tribunal Supremo ha decidido, mediante acuerdo de 24 de abril de 2013, que no tienen obligación de declarar contra un familiar los que te he detallando antes, aunque hay algunas excepciones:

  1. Los que formen parte de un matrimonio o pareja de hecho cuando tengan que declarar sobre algo ocurrido después del divorcio o de finalizar la convivencia, en el caso de las parejas de hecho.
  2. Cuando la persona que vaya a declarar intervenga en el proceso judicial con abogado y procurador (por ejemplo, la esposa que denuncia al marido por malos tratos).

Si necesitas conocer más información y te surgen más dudas relacionadas con si tienes que declarar contra un familiar y, en definitiva sobre las declaraciones de los testigos, te voy a dejar un enlace a lo que dice la ley (haz clic aquí) para que puedas ampliar la información.

Si necesitas información sobre cómo ayudar a un familiar que ha sido detenido, te dejo un enlace al artículo Cómo ayudar a un familiar que ha sido detenido (haz clic aquí).

Espero que este post te haya resultado útil. No olvides que puedes contactar con nosotros en el 955 290 180 o en la dirección info@penaltech.com si necesitas más información.

Te deseo toda la suerte del mundo!