Tal y cómo os comentaba en el post de la semana pasada, en nuestro Derecho hay algunas circunstancias que nos ayudarán a conseguir que las consecuencias penales del asunto sean mayores, menores o, incluso, distintas, según nuestros propios intereses (haz clic aquí si quieres ver el post de la semana pasada).

Esto es lo que se conoce como las Circunstancias Modificativas de la Responsabilidad Criminal. En ese post os hablé de las circunstancias “eximentes”. Hoy vamos a seguir comentando las que sirven para conseguir que la pena sea más baja. Esto es lo que se conoce como “circunstancias atenuantes”.

  1. Las Circunstancias Atenuantes.

Las Atenuantes son las situaciones concretas del caso que hacen que la responsabilidad por el delito sea menor (sin que llegue a extinguirse) y que, en consecuencia, se rebaje la pena.

¿Cuáles son esas circunstancias Atenuantes? Son las siguientes:

1.º Las circunstancias eximentes cuando no se dan todos sus requisitos para que pueda ser aplicada (puedes ver aquí un detalle de cuales son).

2.º El que, cuando comete un delito, haya consumido alcohol o drogas, cuando el Juez entienda que era consciente, en parte, de lo que estaba haciendo.

3.º El que haya cometido el delito bajo arrebato, obcecación o por otro estado pasional parecido.

4.º Cuando se haya confesado ser culpable del delito antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él.

5.º Cuando se haya reparado el daño provocado a la víctima o se hayan rebajado sus efectos, siempre que esto se haga antes del juicio.

6.º Cuando existan retrasos injustificados en el proceso que no sean culpa nuestra.

7.º Otras circunstancias parecidas a las anteriores.

Pero…¿Cómo se puede demostrar que la persona estaba en alguna de estas circunstancias Atenuantes cuando cometió el delito? A través de un informe de un perito médico que justifique que en ese momento no podía comprender en parte lo que estaba haciendo (en el caso de enfermedades mentales o drogadicción,…) o probando que se dieron esas circunstancias (Como en el caso de haber reparado el daño, o haber sufrido un retraso injustificado…).

¿Qué es un perito médico? Es un médico experto que puede justificar que se han dado esas circunstancias médicas delante de un tribunal. Puedes contratar a uno particular o puedes solicitar que sea el médico del Juzgado (“médico forense”) quien valore esta circunstancia.

Todo esto está muy bien pero…¿En qué me beneficia que se me apliquen algunas “atenuantes”? Imagina que se nos acusa de un delito de Estafa. Este delito lleva aparejada una pena que puede ir desde uno hasta tres años. Si se nos aplica una atenuante solamente podrán castigarnos con una pena que podría ir entre uno y dos años. Si se nos aplicaran dos atenuantes la pena podría rebajarse incluso por debajo del año.

¿Quieres comentarnos tu caso? Puedes llamarnos y contestaremos a tus preguntas. Estaremos encantados de hacerlo: Tfno. 955 290 180 o info@penaltech.com

 

Que tengas un gran día!