¿Te han pegado un tirón del bolso? ¿Has sufrido una agresión o maltrato? ¿Has sufrido algún delito a través de Internet? ¿Te han amenazado o insultado? En este artículo voy a darte algunas pautas que podrán serte útiles si eres víctima de cualquier delito.

En vista de la escasa regulación legal de las víctimas que existe en la actualidad, durante el 2014 se remitió al Parlamento un proyecto de Ley del Estatuto de las Víctimas de Delito, que está pendiente de ser debatido y aprobado. En este se recogen los Derechos de las víctimas.

¿Aquí van a estar todos los derechos de las víctimas? Esta norma abarca los derechos de la víctima en un proceso judicial y fuera de él.

¿Quiénes serán considerados como víctimas de un delito? Todo el que haya sufrido un perjuicio físico, moral o económico a consecuencia de un delito, y también sus familiares try here.

¿Qué derechos se reconocen a las víctimas?

  • Podrá recurrir la libertad condicional del condenado, incluso aunque la víctima no intervenga en el procedimiento “en forma” (con abogado y procurador) siempre que la pena de prisión sea mayor a cinco años (¿Qué es la “Libertad condicional”? Es una medida alternativa a la prisión que se puede imponer en un proceso penal cuando se cumplen ciertos requisitos, que le permite al condenado por un delito cumplir su pena en libertad, aunque sujeto a ciertas obligaciones o requisitos, por ejemplo, no cometer nuevos delitos).

 

  • Derecho de la víctima a conocer el modo en que puede acceder al asesoramiento legal.

 

  • Derecho a ser informada de todo lo que ocurre en el proceso judicial (fecha de celebración del juicio, notificación de sentencias y sobreseimientos, etc.) siempre que así lo solicite.

 

  • Derecho a solicitar medidas de control para garantizar su seguridad cuando el condenado quede en libertad condicional.

 

  • Se reducirán al máximo las veces que tenga que declarar, procurando que sea siempre la misma persona quien hable con la víctima y que esta sea de su mismo sexo.

 

  • Durante el juicio se evitarán preguntas innecesarias y el contacto visual con el infractor.

 

  • Salvo que expresamente soliciten lo contrario, las víctimas de violencia de género tendrán el Derecho a ser informadas de la libertad de su agresor sin necesidad de que lo soliciten.

 

  • Para evitar que sufran mayores problemas, los menores y discapacitados necesitados de una especial protección, tendrán los siguientes derechos:

 

  • Se suprimirán las declaraciones que no sean imprescindibles y podrán ser grabadas para evitar que tenga que declarar nuevamente en el juicio.

 

  • Se les asignará un tercero que mirará por sus intereses (un “representante legal”) cuando exista algún conflicto de intereses con los padres o con los representantes legales que anteriormente los representaban y protegían.

 

  • Los hijos de la pareja fallecida o desaparecida se considerarán también víctimas.

¿Te siguen surgiendo muchas dudas? Si es el caso,  no dudes en contactar con nosotros en el 955 290 180 o en info@penaltech.com para darte respuesta a todas tus preguntas…Estamos para ayudarte!