En ocasiones recibimos una carta del Juzgado y no sabemos qué hacer ¿Puedo acudir a algún sitio para que me digan qué hacer? ¿Cuál sería el próximo paso? ¿Se trata de algo grave e importante? ¿Tengo que decir algo por escrito? ¿Qué pasa si no hago nada? En este artículo vamos a intentar aclarar algunas dudas sobre esto.
Existen muchos tipos de comunicaciones que nos puede hacer el juzgado. No solo hay un tipo de carta del Juzgado. Dependiendo del tipo de asunto de que se trate (no es lo mismo que nos comuniquen que nuestra pareja nos han demandado porque quiere el divorcio o que nos llamen a declarar porque hemos visto cómo se producía un robo). También hay algún tipo de carta del juzgado que solo nos enviarán si aún no hemos participado en el asunto judicial.
A continuación te explico los distintos tipos de carta del juzgado:
- Citación judicial. Cuando se nos comunica que tenemos que presentarnos ante el juez en una fecha concreta, ya sea como testigo o como parte en el asunto. Si quieres saber más sobre las citaciones puedes ver este otro post (haz clic aquí). Si la carta del juzgado te indica que tienes que presentarte a declarar ante el juez, puedes ver este post donde te damos algunos consejos sobre lo que no debes hacer delante del juez.
- Emplazamiento. La diferencia principal con la anterior está en que ésta no señala un día y hora concreto para presentarnos ante el juez pero se nos manda que hagamos algo concreto antes de un plazo determinado. Por ejemplo, cuando se nos envía un determinado tipo de demandas, en el propio escrito se nos indica que tenemos 20 días para responder por escrito a lo que se dice en ésta.
- Notificación. Cuando un Juez nos comunica cualquier información o actuación que ha realizado. Van dirigidas a los que ya están en un asunto judicial y a los posibles afectados por esta comunicación.
- Mandamiento judicial. Es una orden del Juzgado dirigida a Registradores, Notarios, Corredores Colegiados de Comercio, Agentes de juzgados y tribunales y funcionarios de la policía judicial, para que realicen alguna actuación o para que les haga entrega de algún documento.
- Se trata de un escrito de un juzgado para comunicarse con sujetos distintos a los anteriores, como por ejemplo, una comunicación a una empresa privada para que le entregue un certificado o a un centro escolar para que le envíe las notas de un menor.
Aunque he intentado no calentarte mucho la cabeza con términos jurídicos, si quieres puedes hacer clic en este enlace para saber exactamente lo que dice la ley.
Las comunicaciones que normalmente recibiremos en nuestra casa son citaciones, emplazamientos y notificaciones.
Hay distintas maneras en que podemos recibir la carta del juzgado. Podemos recibirlas a través de una carta (ordinaria o certificada), en persona en nuestra propia casa o en algún otro domicilio donde se nos pueda localizar (como el de nuestro trabajo), a través de un procurador o mediante edictos publicados en los tablones del propio juzgado.
¿Qué hacer una vez que recibimos la carta del juzgado? Dependiendo del tipo de comunicación que te realicen habrá que responder de una forma u otra (por ejemplo, yendo al Juzgado o entregándole un documento o respondiendo a una demanda por escrito a través de un abogado,…). Si no te queda claro te recomiendo que hables con un abogado de tu confianza para que te diga qué hacer. También puedes llamar al teléfono del Juzgado que, en la mayoría de las ocasiones, viene en la cabecera del escrito, o pasarte directamente a preguntar a la dirección que te aparece en la parte superior de la carta.
¿Qué pasa si no cumplimos con lo que se nos pide? Existen distintos tipos de sanciones como, por ejemplo, si nos citan a declarar como testigos a un juicio, podrían multarte con una cantidad entre 180 y 600 € y podrían acusarte de un delito de desobediencia a la autoridad. Si recibimos un emplazamiento, por ejemplo, para contestar a una demanda, la sanción será la de no poder contestarla, perdiendo muchas posibilidades de defendernos.
Es muy importante informarnos, al menos, de qué quiere decir la carta que hemos recibido y de las posibles consecuencias si no cumplimos con lo que se nos pide. De esta forma conoceremos para qué comunican con nosotros, qué nos piden y nos evitaremos posibles perjuicios. No dudes en pedir ayuda a un abogado que te inspire confianza. Este responderá a todas tus dudas y te dirá los pasos a seguir. Esta es la misión del abogado.
Buen día!
Gracias.
Se me paso el plazo de 15 dias, por un dia el de recoger una carta del juzgado,
Donde lo puedo recoger?
Hola Jorge,
Es difícil darte una respuesta con tan poca información. No obstante te diré que podrías llamar al Juzgado en el que te acusan del delito para comentar esta situación y que te la envíen de nuevo.
Para localizar el teléfono del Juzgado debes coger cualquier notificación anterior recibida del mismo e irte a la cabecera de esta carta. Allí vienen todos los datos que necesitas para poder hablar con ellos y que localicen tu asunto.
Por otro lado, si no tienes ningún dato del asunto podrías pasarte por el Juzgado de tu localidad y preguntar por los servicios de informática. Allí te dirán qué causas hay en tu contra y qué juzgado las lleva (después deberías pasarte por el juzgado para aclarar lo de la carta).
Por último, te recomiendo que le eches un ojo al post Procedimiento Abreviado para no abogados…¿Estás siendo acusado de un delito?. Seguro que te aclarará muchas dudas sobre el procedimiento y los próximos pasos que se darán en tu asunto.
Suerte!
Buenas tardes , mi pareja ha recibido una carta certificada que debe recoger en correos de juzgado de lo social, mi pregunta es que puede ser?
Buenos días Ana!
Con la información que nos das, y tratándose de un tema ajeno al Derecho Penal, a los Delitos tecnológicos y a la asistencia a detenidos 24 h., que son nuestras especialidades, para nosotros es difícil darte respuesta.
Ten en cuenta que nadie (los abogados tampoco!) pueden saber de todo y bien, y el Derecho abarca cuestiones de las que, sinceramente, nosotros no somos especialistas.
Para que conozcas un poco más sobre nosotros y a qué nos dedicamos te voy a dejar el enlace al post Así luchamos por tus intereses desde PenalTech..
Nuestro consejo es que te pongas en contacto con un abogado especializado en Derecho Laboral, que seguro que podrá darte todas las pautas que necesitas.
Suerte!
Bnas…si me llegó una carta de otra comunidad autónoma del juzgado y ya pasaron 2 años desde q no estoy allí ..cuanto tmpo tiene q pasar para q ese caso expire si no contactan conmigo…gracias
Hola Carlos,
Con la información que nos das es muy difícil darte una respuesta… No conocemos si se trata de un procedimiento penal o de otro tipo, tampoco conocemos de qué tipo de comunicación se trata, ni nada de nada… En estas condiciones, siendo riguroso te diré que no sería honesto decirte algo que desconocemos…
Lo ideal, sabiendo el procedimiento y el juzgado, sería hacer unas gestiones para valorar la situación o, directamente, que te pongas en contacto con el abogado encargado de tu defensa (si fuera un procedimiento penal en el que te acusan de un delito) para que te dé más información.
Suerte!
Me llego una carta de primera instancia por una deuda del banco, Me reclaman 6000e q no tengo, que puedo hacer ? Gracias
Buenas tardes Jose,
En tu caso es recomendable que, si no cuentas con suficientes recursos, te pases por el juzgado e informes allí mismo que vas a solicitar un abogado de oficio. Pregunta allí mismo cómo acceder al mismo (sus requisitos y trámites).
El abogado valorará la situación y te dará pautas más concretas sobre qué puedes hacer en tu caso, una vez que haya analizado la reclamación del banco.
Suerte!
Buenas noches, he recibido un folio grapado del juzgado en el que me dice que hay una documentación relacionada conmigo y que me presente el lunes. Es del servicio común del partido judicial. ¿Sabéis que puede ser?? Estoy bastante asustada!
Hola Gema!
Con tan pocos datos es muy difícil darte una respuesta pero podrías hacer una cosa… Localiza en Internet el teléfono del servicio común de notificaciones de tu ciudad y llama por teléfono para ver si te dan algún nuevo dato.
también podrías pasarte hoy mismo por allí con la notificación para que te hagan entrega de la carta que tienes pendiente de recibir del juzgado. Por probar no pierdes nada…
La carta que te tienen que entregar podría ser muchas cosas. Es posible que se trate de una notificación de un juzgado de otra ciudad diferente aunque ya te digo que es muy difícil saber con la información que tenemos.
Esperamos que te resulte útil nuestro comentario.
Mucha suerte!
Hola buenas tardes mi nombre es Amalia y yo quiero preguntar los mossus tienen derecho de en trar ami domicilio si una orden porque entraron en mi abitacion y estaba mi esposo yo no me en contraba en el mismo y entraron porque el día 15 de abril mi esposo y yo tuvimos una discursion y el me dio un enpujon y yo me caí al suelo y el al querer agarrarme me hizo un moretón en el brazo y yo me asusté y llamé alos mossus esto paso el día 15 y lo tuvieron en el calabozo hasta día 16 juicio rápido y le pidió la abogada que yo tenía ala jueza la orden de alejamiento y mi marido volvió a casa como edicho antes yo no me encontraba en la misma y el vino para asearse y ponerse ropa limpia y vinieron los mossus de por segunda vez y lo cojieron dentro de mi abitacion porque el señor que vive debajo de mi les dijo alos mossus que estaba en la abitacion porque creo que lo estaban buscando por el patio de la casa y al cojerlo le icieron daño le levantaron la uña de la mano izquierda esto lose porque mi esposo tiene la chillaba ies blanca y vi una mancha de sangre echa por estos in presentables y esta en prisión preventiva porque se saltó la orden de alejamiento yeva ayi casi tres meses
Para que llamas a los mossos?? Pues ahí empieza el problema, si te maltrata lo entiendo, pero por una discusión.. pues la cagasteis los 2 tu en especial.
Aque me se olvidado esta ayi desde el día 17 sábado y lose porque los mismos indeseables melo comunicaron
Hola Amalia.
Nosotros no somos de poner mucho rollo legal porque entendemos que lo mejor es que, a ti que nos lees y no tienes mucha idea del tema legal, te queden las cosas clara, no enredarte con términos y con un lenguaje con el que no te enteres de nada.
Pese a esto, en tu caso es importante que tengas en cuenta lo que dice un artículo de la Constitución Española sobre este tema:
Artículo 18
1. (…)
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
(…)
Si te fijas, te he puesto en negrita la parte final de este párrafo de la ley porque quiero hacerte entender que, si la policía entiende que se está cometiendo un delito, por ejemplo, relacionado con la violencia en el ámbito familiar, tendría derecho a entrar a tu casa.
Te deseamos lo mejor y toda la suerte del mundo!
OK
Hola qué significa un delito leve
Hola Issa!
Encantado de conocerte. Los delitos leves son muy parecidos (no iguales) a lo que antes, hasta el año 2015, eran los juicios de faltas ¿Te suenan? Si no fuera el caso puedes hacer clic aquí para ver el post en el que hablamos en concreto de los juicios por este tipo de delitos.
Suerte!
Tengo una multa por hurto y no sé dónde tengo que ir a pagarla .
Hola Mónica!
Si es de hace poco tiempo tendrás que esperar a que se abra la fase «de ejecución» para poder pagarla. Te recomiendo que vayas directamente al juzgado con cualquier notificación del asunto y preguntes allí directamente si quieres información desde este momento.
Mucha suerte!
Tengo una multa por hurto y no sé dónde tengo que ir a pagarla .
Hola de nuevo Mónica!
Como te comentaba, podrías pasarte por las instalaciones del juzgado si quieres preguntar por este tema. No obstante, si la sentencia es reciente, podrías esperar a que recibieras el requerimiento que te va a hacer el juzgado. Estas cosas suelen ser lentas…
Suerte!