Hoy voy a hablarte de la Localización Permanente que es una de las posibles consecuencias a las que podemos ser condenados por haber cometido un delito. Voy a explicarte las cuestiones básicas que debes tener en cuenta si eres condenado a esto Clicking Here.
¿En qué consiste? En que permanezcas en tu casa, o en el lugar que se acuerde en la sentencia, durante el tiempo de la condena.
¿Cuánto tiempo puede durar? Si somos condenados a esto, se nos podrá condenar con Localización Permanente, como máximo, hasta un período de seis meses.
¿Puede suponer en algún caso que tengamos que cumplir esta pena en la prisión? Es posible. Para ello deben cumplirse varias condiciones:
– Que la pena principal a la que se nos condene sea la de localización permanente (podría considerarse como una pena accesoria).
– Que hayamos cometido los mismos hechos por los que se nos está juzgando con anterioridad.
– Que el Código Penal fije la posibilidad de cumplir prisión en estas circunstancias para este delito.
Si se cumplen estos requisitos ¿No sería lo mismo la pena de prisión y la de Localización Permanente? No. En nuestro caso solamente tendríamos que permanecer los sábados, domingos y festivos en el centro penitenciario más próximo a nuestro domicilio.
¿Es compatible la Localización Permanente con mis ocupaciones habituales (trabajo, cuidado de personas,…)? Si. La Ley nos permite la posibilidad de solicitar que se cumpla la pena durante los fines de semana o de alguna otra forma no continuada. El Juez decidirá si lo considera, o no, adecuado.
¿Qué ocurre si no cumplo la Localización Permanente? La Ley establece que los que incumplan su condena serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año, si estuvieran privados de libertad, o con una multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.
¿Cómo sabrá el Juez si cumplo, o no, con la localización permanente? ¿Hará algo para controlar que me quedo en casa cumpliendo la condena? ¿Es necesario algo más que mi palabra? En este punto te aclaro que la Ley le da al Juez derecho a controlarnos para saber dónde estamos durante el tiempo de la condena.
¿Necesitas alguna otra aclaración? Si es tu caso, ponte en contacto con nosotros en el 955 290 180. Nos dedicamos a ayudar a las personas y nos encantaría hacerlo contigo.
¡Que tengas un estupendo día!