Se te acabó la paciencia con tu abogado en el juicio penal y no sabes qué hacer ahora? Tranquilo… Puedes cambiar de abogado! En esta guía encontrarás todo lo que necesitas saber para dar el paso.

ÍNDICE DE CONTENIDOS

  1. Qué hacer si mi abogado no me hace caso en un juicio penal?
  2. Se puede cambiar de abogado en un juicio penal?
  3. Debo cambiar de abogado en este momento del juicio penal cuando ya está iniciado? Cuándo cambiar de abogado? 
  4. Cambiar de abogado en un juicio penal cuesta dinero?
  5. Por defecto me asignaron un abogado de oficio… Puedo cambiarlo?
  6. Cómo cambiar de abogado del de oficio a uno particular?
  7. Cómo cambiar de abogado en un juicio penal ya iniciado?

1. Qué hacer si mi abogado no me hace caso en un juicio penal?

Reconócelo… Si estás leyendo este artículo es porque estás hasta las narices de tu abogado…

Yo no sé tú pero en mi caso, conforme van pasando los años (cada día estoy más joven pero me están empezando ya a salir algunas canas!), tengo menos paciencia para tonterías y, sobre todo, con las cosas más importantes.

Seguro que cambiar de abogado es algo que te ronda la cabeza desde hace bastante tiempo y, sin embargo, por desconocimiento o porque te daba cosa, o por miedo al cambio, no has sabido cómo gestionarlo y no has dado el paso.

Sin embargo, cambiar de abogado en este momento para ti ya es fundamental porque estás viendo que pasa el tiempo y se acerca la fecha del juicio en la que te acusan de un delito o porque ves que va avanzando el procedimiento y no tienes la mínima idea de cómo va el asunto.

Cambiar de abogado en una situación en la que el abogado no te informa de nada, y van pasando los meses y tu ansiedad va subiendo a otro nivel, es algo fundamental, tanto por tu salud mental, como por otros motivos…

Te confieso que yo tendría pocos miramientos si me estuviera jugando tanto como lo estás haciendo tú…

A lo mejor el abogado te informa de vez en cuando pero es posible que sientas que es él quien toma las decisiones y tú eres algo parecido, como se dice en mi tierra, a un mueble bar cogiendo polvo… Es decir, que eres un personaje secundario en esta película de terror que te ha tocado vivir.

Si tú fueras mi hermano tendría claro qué te diría: «En tu caso cambiar de abogado no es una opción. Te estás jugando muchísimo, tanto tu vida, como la vida de los tuyos. Debes de cambiar de abogado y debes de hacerlo para antes de ayer! No esperes a que vengan los lamentos».

Además del coste psicológico que genera esta situación para ti de no cambiar de abogado, tanto por la ansiedad que esto genera, como por sentir que tu opinión no cuenta para nada, y que todo siga como hasta ahora, como te decía, existe otro coste que es igual de importante.

Me refiero al coste que supone el que no hagas nada en el resultado final, en la sentencia del juicio en el que te acusan del delito.

Que no tengas la defensa que tú quieres en el procedimiento judicial en el que te acusan de un delito no es un capricho.

Como te digo, además de la ansiedad que te está generando durante todo este tiempo (y el que te queda) el resultado puede ser fatídico si estás viendo ya cosas que no te gustan.

No cambiar de abogado es algo parecido a cuando piensas irte a vivir con tu pareja y estás viendo demasiadas cosas que no te gustan… Sabes que al final te vas a arrepentir…

Parece que me voy a ganar una comisión porque cambies de abogado, verdad? 🙂

En serio, con el corazón en la mano te digo que debes hacer lo mejor para tus intereses y estoy firmemente convencido de que, si estás todavía leyendo sabes que cambiar de abogado es lo mejor para ti.

Mi experiencia me deja más que claro que la relación con el abogado debe de ser absolutamente fluida, de trabajo en equipo y de máxima confianza contigo.

2. Se puede cambiar de abogado en un juicio penal?

Te lo puedo decir más alto pero no más claro… Puedes cambiar de abogado cuando te dé la gana!

La normativa que regula este tipo de situaciones te deja absoluta libertad para que cambiar de abogado sea relativamente sencillo y lo hagas en el momento en el que tú quieras, con independencia de cómo esté el proceso.

De todos modos, en las siguientes líneas hablaremos sobre cuándo cambiar de abogado.

Al hilo de lo que te estoy comentando, no solamente es que puedas cambiar de abogado cuando te dé la gana sino que también puedes hacer lo que te dé la gana desde el principio, designando a quien tú quieras.

Fíjate lo que dice la ley penal en este sentido:

Artículo 767.

Desde la detención o desde que de las actuaciones resultare la imputación de un delito contra persona determinada será necesaria la asistencia letrada. La Policía Judicial, el Ministerio Fiscal o la autoridad 

judicial recabarán de inmediato del Colegio de Abogados la designación de un abogado de oficio, si no lo hubiere nombrado ya el interesado.

También te detallo a continuación lo que dice la ley que regula el funcionamiento del ejercicio de la abogacía («Estatuto General de la Abogacía») sobre cambiar de abogado:

Artículo 60. Sustitución del profesional de la Abogacía.

1. El profesional de la Abogacía a quien se encargue la dirección profesional de un asunto encomendado a otro compañero (POR TU PARTE!) deberá comunicárselo a este en alguna forma que permita la constancia de la recepción, acreditando haber recibido el encargo del cliente.

2. El profesional de la Abogacía sustituido, a la mayor brevedad, deberá acusar recibo de la comunicación, poner a disposición del compañero la documentación relativa al asunto que obre en su poder y proporcionarle los datos e informaciones que sean necesarios.

3. El nuevo profesional de la Abogacía queda obligado a respetar y preservar el secreto profesional sobre la documentación recibida, con especial atención a la confidencialidad de las comunicaciones entre compañeros.

4. Si la sustitución entre profesionales tiene lugar en el marco de un expediente judicial electrónico, se estará a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, y sus disposiciones de desarrollo.

También hay otra norma que regula el código ético de los abogados que, en teoría, todos deberíamos cumplir («Código Deontológico). Te pongo también lo que dice la ley en este sentido pero, si te satura, sáltatelo:

Artículo 8.- Sustitución en la actuación:

1. Quien se encargue de la dirección profesional de un asunto encomendado a otro deberá comunicárselo -lo que tradicionalmente se conoce como venia que nunca podrá denegarse- en alguna forma que permita acreditar la recepción o, al menos, el intento de haberla procurado, dando cuenta de haber recibido el encargo del cliente. La comunicación se hará inmediatamente después de aceptar el encargo y antes de iniciar cualquier actuación. Todo ello se realiza para continuar el asunto, en aras de la seguridad jurídica, de la buena práctica profesional, de una continuidad armónica en la defensa del cliente y de la delimitación de las respectivas responsabilidades.

Lo anterior no regirá cuando el sustituido mantuviera una relación laboral con el cliente.
2. Se deberá acusar recibo de la comunicación a la mayor brevedad, poniendo a disposición del peticionario la información y documentación relativa al asunto que obre en su poder, así como proporcionarle los datos e informaciones que le sean necesarios.

3. En caso de sustitución, subsiste la obligación de respetar y preservar el secreto profesional sobre la información y documentación recibida, con especial atención a la confidencialidad de las comunicaciones habidas entre los profesionales que hayan intervenido.

4. Igualmente, se deberá informar al cliente, en su caso, del derecho del profesional que le haya precedido en la dirección del asunto a cobrar sus honorarios y de la obligación de aquél de abonarlos, sin perjuicio de una eventual discrepancia.

5. Si la sustitución entre profesionales tiene lugar en el marco de un expediente judicial electrónico, se estará además a lo establecido en la normativa legal y sus disposiciones de desarrollo.

6. También serán de aplicación las normas antes relacionadas cuando el Letrado o Letrada designados de oficio sea sustituido por otro compañero o compañera de libre designación. En tal caso, la sustitución deberá ser comunicada al Colegio por el sustituido.

7. Si se está desempeñando la defensa en un asunto que se tramita ante un Juzgado o Tribunal, podrá comunicársele que se cesa para evitar futuras responsabilidades. Deberá hacerlo en todo caso quien, tras la sustitución, asuma la dirección letrada.

8. Tendrá especial gravedad la sustitución en un acto procesal sin previa comunicación escrita y tempestiva al relevado, por afectar a la eficacia de la defensa y a la dignidad de la profesión.

9. Cuando sea imposible por cualquier circunstancia participar la sustitución o acreditar la recepción de la comunicación, podrá hacerse ésta al Decano, Decana u órgano colegial competente, que acusará recibo, entendiéndose completada la sustitución a todos los efectos.

En definitiva, aunque estoy convencido que ya te ha quedado claro, en cuanto a la respuesta de si se puede cambiar de abogado en un juicio penal, te digo radicalmente que sí, que la legislación lo permite sin ningún problema y que es tu derecho.

Seguro que, cuando lo hagas, te vas a quedar como este (me encanta!)

Cómo cambiar de abogado en 1 juicio penal? La guía definitiva.

3. Debo cambiar de abogado en este momento del juicio penal cuando ya está iniciado? Cuándo cambiar de abogado?

Al hilo de lo que te comentaba casi al principio, como te decía, puedes cambiar de abogado cuando te dé la gana.

A pesar de lo que te digo entiendo que puedes pensar… «… Y si me perjudica?… Y si es peor el remedio que la enfermedad?»

En este sentido te comento que a lo largo de los años ha existido alguna ocasión en la que nosotros le hemos dicho a las personas que han venido a nosotros cabreadas que no les merecía la pena cambiar de abogado.

Sin embargo, casi siempre es posible y beneficioso cambiar de abogado.

Yo te recomiendo que se lo plantees al nuevo abogado claramente y que valores si es honesto contigo sopesando los pros y los contras.

Cambiar de abogado puede ser algo muy necesario pero también es importante que te sientas seguro con el cambio.

Por eso debes dejar las cosas muy claras desde el primer momento con el nuevo abogado y hacerle esta pregunta abiertamente:

«Merece la pena cambiar de abogado? Me va a beneficiar en mi caso teniendo en cuenta la situación del procedimiento judicial?»

Déjate de historias y de apuros. Si no tienes confianza desde el primer momento cuando la vas a tener?

Te insisto en que es muy importante que tanto tu abogado como tú os sintáis con la confianza recíproca de deciros las cosas muy claras.

El objetivo es que tú sientas que es lo que se está haciendo es muy valioso para ti y para tu defensa. Todo lo demás sobra.

Después de preguntarle escucha su respuesta, sopesa y decide.

4. Cambiar de abogado en un juicio penal cuesta dinero?

En este sentido te aclaro que para cambiar de abogado podríamos hablar de dos tipos de costes:

  • Por un lado, los costes que en teoría podría tener en el juzgado el cambiar de abogado, es decir, que el juzgado te impusiera una tasa por el cambio que vas a realizar.
  • Por otro lado, tendríamos que tener en cuenta los honorarios del nuevo abogado.

En cuanto a un posible coste por parte del juzgado de cambiar de abogado te digo que eso no existe. No te va a costar nada en absoluto el cambiar de abogado una vez y las que necesites.

Por otro lado, y en cuanto a los honorarios del nuevo abogado, lógicamente este tendrá que cobrar, es decir, el nuevo abogado debería sacarte un presupuesto antes incluso de cambiar de abogado que tú valores y sopeses si te cuadra.

Al hilo de esta cuestión, de los honorarios de los abogados, te comento que existen casi tantos precios como despachos de abogados.

Desde hace unos años cada abogado puede cobrar libremente lo que considere oportuno.

En nuestro caso, lo que hacemos es que valoramos y estimamos las cargas de trabajo que va a tener tu asunto en función de los datos en la primera reunión de asesoramiento que tendremos contigo sin ningún coste ni compromiso por tu parte y, como te decía, antes de cambiar de abogado, te damos un presupuesto cerrado.

Si eso te cuadra, pide lo mismo al despacho al que acudas a preguntar.

Y si, antes de cambiar de abogado, quieres saber más sobre cómo lo hacemos nosotros y cómo lo hacen el resto de abogados, te dejo a continuación en enlace al post 4 tips para que sepas cuanto cobra un abogado por un juicio penal.

Te doy un consejo importante… Pregunta! Pregúntalo todo, es decir, cuando te entreguen el presupuesto pregunta todas las dudas que tengas sobre el funcionamiento del servicio del despacho de abogados y también sobre lo que está, o no, incluido.

Sería importante que le preguntaras a este nuevo, antes de cambiar de abogado, si tiene una idea de si van a existir costes añadidos y cuánto podrían ser.

Como también se dice en mi tierra no te vayas de Guatemala a GuatePeor! No tendría ningún sentido que te vayas del despacho de abogados en el que estás porque te sientes descontento y ahora te vayas a otro que, a lo mejor te transmite buenas sensaciones, pero que no vas a poder pagar.

En ese caso tendrías dos problemas… El problema judicial y el de pagar al abogado sabiendo que no vas a poder hacerlo.

Para evitar esta situación es conveniente que preguntes todo lo que necesites hasta que te quede clarísimo y sin duda ninguna cuánto te va a costar en total la defensa de tus intereses y, en definitiva, cambiar de abogado.

El tema de la pasta es fundamental pero mi consejo (y más a ti que ya vienes de vuelta) es que sopeses todo en conjunto, tanto la pasta que te vaya a costar el cambiar de abogado, como si te transmite buenas sensaciones y si cumple con lo que tú esperas.

5. Por defecto me asignaron un abogado de oficio… Puedo cambiar de abogado por uno que yo elija?

En responderte a esta pregunta no me voy a enredar mucho.

Radicalmente te digo que sí. La ley expresamente te permite cambiar de abogado desde el que te asignaron del turno de oficio hasta uno nuevo de tu confianza.

Hay gente que dice: «Como el abogado del turno de oficio no me va a costar dinero me quedo con este… Total… Es lo mismo uno que otro«.

Ojo con esto que te comento!

Lo que estas personas no saben es que la justicia gratuita está pensada para personas sin recursos y, si te están acusando de un delito y eres una persona normal con unos ingresos corrientes, si te quedas con este abogado, posiblemente te vas a ver en la obligación de pagarle sus honorarios como si fuera uno particular.

Mira lo que dice la ley en este sentido:

Artículo 18. Efectos de la resolución.

El reconocimiento del derecho se adecuará a las prestaciones solicitadas. Implicará la confirmación de las designaciones de abogado y de procurador, en su caso, efectuadas provisionalmente por los Colegios profesionales.

Si, por el contrario, la Comisión desestimara la pretensión, las designaciones que eventualmente se hubieran realizado quedarán sin efecto y el peticionario deberá, en su caso, abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados con carácter provisional, en los mismos términos previstos en el artículo 27 de esta Ley.

Si quieres ver lo que dice la ley que regula el abogado del turno de oficio puedes hacer clic aquí.

La forma para cambiar de abogado desde uno de oficio a uno particular es exactamente la misma que si vas a cambiar de abogado de una particular a otro también particular. En el siguiente apartado te explico la manera de hacerlo.

6. Cómo cambiar de abogado del de oficio a uno particular?

Como antes te decía el trámite es exactamente el mismo al cambiar de abogado de oficio a uno particular que si lo haces de particular a particular.

A efectos prácticos tú no debes de hacer nada más, y nada menos, que lo que antes te he comentado que consiste en buscar el mejor abogado penalista para ti y para tu caso.

Te recomiendo que al cambiar de abogado escojas uno que sea especialista en derecho penal por supuesto y, si tu tema está relacionado con algo más concreto, busques al mejor en este área.

Seguro que nosotros no somos los mejores abogados especialistas en derecho penal informático o delitos informáticos (ser el número 1 es difícil, la verdad) pero pienso que somos bastante buenos, no por que yo lo diga y tenga un ego que me haga estar por encima del resto de los mortales, sino porque repetimos exactamente el mismo tipo de asuntos y eso nos hace conocer lo que hacemos en profundidad.

Como hacemos lo mismo una y otra vez, sabemos qué hay que hacer para dar solución a estos problemas. Esto le suele dar a las personas una garantía de que podemos ser una solución para el problemón judicial que le quita el sueño.

En tu caso te recomiendo, como te digo, que busques un abogado ultraespecializado en el tipo de asuntos por el que te están juzgando.

Por cierto, aquí te dejo el enlace a nuestro artículo «3,2,1… Los mejores abogados especialistas en delitos informáticos!»

Cambiar de abogado a uno especialista en delitos informáticos. PenalTech

7. Como cambiar de abogado en un juicio penal ya iniciado?

Cambiar de abogado. Cambio positivo

Esto es relativamente sencillo… Como te decía en el párrafo anterior tú solamente te tienes que preocupar por cambiar de abogado a uno que sea mucho mejor que el que tienes.

Una vez que te has decidido a cambiar de abogado y ya has contratado al nuevo abogado éste se encargará de comunicar el cambio, tanto al anterior abogado, como al juzgado en el que se está tramitando el expediente judicial.

El nuevo abogado solicitará lo que legalmente se llama la «Venia» al anterior abogado y éste únicamente tendrá que remitirle acuse de recibo sin necesidad de que exista una respuesta afirmativa o negativa ya que, como te digo, este es tu derecho y no el suyo.

Te repito el artículo donde se explica con detalle:

Artículo 60. Sustitución del profesional de la Abogacía.

1. El profesional de la Abogacía a quien se encargue la dirección profesional de un asunto encomendado a otro compañero (POR TU PARTE!) deberá comunicárselo a este en alguna forma que permita la constancia de la recepción, acreditando haber recibido el encargo del cliente.

2. El profesional de la Abogacía sustituido, a la mayor brevedad, deberá acusar recibo de la comunicación, poner a disposición del compañero la documentación relativa al asunto que obre en su poder y proporcionarle los datos e informaciones que sean necesarios.

3. El nuevo profesional de la Abogacía queda obligado a respetar y preservar el secreto profesional sobre la documentación recibida, con especial atención a la confidencialidad de las comunicaciones entre compañeros.

4. Si la sustitución entre profesionales tiene lugar en el marco de un expediente judicial electrónico, se estará a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, y sus disposiciones de desarrollo.

Una vez que el abogado comunica al antiguo que va a sustituirle, va a presentar un escrito en el juzgado en el que va a decirle al juzgado que tú vas a cambiar de abogado y que él o ella va a ser el nuevo abogado.

Por si no lo hace te digo que es muy recomendable que pida en ese mismo escrito inicial que le den copia de toda la documentación judicial que exista en el expediente.

Una vez que se la entreguen te recomiendo igualmente que, si él no te la da sin que tú le digas nada, le pidas una reunión donde te lo explique todo, punto por punto, para que sepas exactamente lo que hay y qué va a hacer en tu caso.

Yo creo que por hoy es suficiente, no?

Solamente me queda decirte que, por nuestra experiencia, vas a ser mucho más feliz cuando decidas cambiar de abogado porque ese va a ser la primera piedra que vas a poner para darle solución al problema.

Cambiar de abogado. Un paso para conseguir la felicidad

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